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A través de este blog vamos a intentar responder algunas de las preguntas más típicas respecto a la herencia ¿Cómo se reparte una herencia?, ¿Quién realiza dicha partición?, ¿Qué es un testamento?, ¿Cuáles son los impuestos?, esta y muchas más preguntas las responderemos en este blog.

Antes de profundizar en el tema es necesario explicar que es una herencia, la podemos definir como un conjunto de bienes, derechos u obligaciones que se transmiten desde su dueño a otros individuos como legítimos herederos o aquellos voluntarios (Los cuales han sido designados mediante un testamento).

La repartición de la herencia no es un proceso sencillo y lamentablemente es una situación por las que no tocará pasar en algún momento de nuestra vida, por lo cual es importante que seamos asesorados de manera correcta.

Pero, ¿Qué es un testamento? Realmente se trata de una declaración voluntaria que realiza una persona expresando lo que quiere que se haga con sus bienes después de su fallecimiento; es un acto solemne sometido a ciertos requisitos de forma y en el que necesariamente consta la institución de un heredero.

Pasos para llevar a cabo en la repartición de una herencia:
En el momento de que eres heredero, empiezan a salir una serie de preguntas muy comunes como: ¿Qué tengo que hacer ahora?, ¿Cuánto dura este proceso?, ¿Cómo se inicia?, por lo tanto, vamos a repasar todos los trámites que deberemos llevar a cabo.

Recopilar las certificaciones para poder reclamar la herencia.
Lo primero que debes hacer es reunir todas las certificaciones para poder tramitar el proceso de herencia, los cuales son los siguientes:

Certificado de defunción: Este es el primer documento/certificado que debemos solicitar. Se puede solicitar en el Registro civil donde se haya inscrito el fallecimiento, todo este proceso se puede realizar a través de la vía online o la vía presencial.

Certificado de últimas voluntades: Este es el siguiente documento el cual debes solicitar, este se puede solicitar de forma presencial en el Ministerio de Justicia.

Certificado de Seguros con coberturas de Fallecimiento: Este es otro documento que debemos solicitar y tiene que solicitarse una vez transcurridos al menos 15 días hábiles desde el fallecimiento.

Solicitud de copia de testamento para la repartición de la herencia.
Es necesario y conveniente pedir una copia autorizada del testamento para la repartición de la herencia. Para poder pedir esta copia autorizada es necesario presentarse en la notaría que aparece en el documento de últimas voluntades y pedir una copia compulsada del testamento.

Las personas que pueden solicitar una copia autorizada del testamento son: Los herederos, el legatario o el apoderado, los cuales deben disponer de la firma legitimada, el certificado de defunción y, por último, el de últimas voluntades.

Pero, ¿Quién es el legatario? “Es aquel que adquiere únicamente un derecho o cosa concreta de la herencia (legado puro y simple), salvo excepciones atendiendo a las diferentes clases de legados, que te dejen de legado o ser legatario significa que el testador te ha dejado uno o varios bienes concretos en el testamento”

Declaración de los herederos
Este paso, resulta imprescindible si no se realizado un testamento, para poder realizar este paso es necesario presentarse en un notario, en el caso de que exista algún parentesco con el fallecido o por el contrario debería ir al juzgado de primera instancia.

Repartición de la herencia.
Para saber los inmuebles del fallecido, se puede identificar en el registro de la Propiedad o través de su página web.

También podemos acudir a la notaría con el certificado de defunción y acreditando el interés legítimo para consultar la base de datos notarial.

¿Cómo se divide una herencia?
Cuando llegamos a este punto es necesario un cuaderno particional, el cual es un documento donde se formaliza la parte de herencia que pertenece a cada individuo, a través de este documento se recoge todos los datos de aquellas personas que participan en el proceso de la herencia.

¿Cuáles son los impuestos a pagar?
Estas son unas de las preguntas más típicas, y esto va a depender de la comunidad autónoma donde te encuentres, aunque existen unas series de normas estatales que pueden servir para orientarte. Lo primero que tienes que hacer es calcular la cantidad de bienes que heredas (se calcula, sumando la cantidad de bienes que heredas, restando las deudas, los gastos testamentarios y del funeral). Además, puedes aplicar una serie de reducciones estatales, las cuales son las siguientes:

GRUPO I: Para menores de 21 años, la reducción sobre la cuota será 15.956,87 €, además de otros 3.990€ por cada año, que le falta hasta cumplir los 21 con un máximo de 40.946,96 €.
GRUPO II: Para descendientes mayores de 21 años, la reducción puede ser de 15.956.87 €.
GRUPO III: La adquisición en este caso es por parte de colaterales de segundo y tercer grado, la reducción en este caso es menor, es de 7.993,46 €.
Grupo IV: En el caso de la adquisición sea por parte de colaterales de cuarto grado o más, no se aplicará ninguna reducción.
Además de lo mencionado anteriormente, debemos mencionar que también existen una reducción por minusvalía de 47.859.59 € para grados superiores al 33 % y de 150.253,03€ para grados superiores a 65 %.

¿Quién paga el Impuesto de Sucesiones?
El impuesto de sucesiones debe ser liquidado por todos los herederos, ya que se trata de un impuesto personal, el cual se dispone de un plazo de seis meses para pagarlo, el cual empieza a contar en el momento de la fecha del fallecimiento, no obstante, este pago se puede prorrogar seis meses más, siempre y cuando la petición se haga en los primeros cinco meses, aunque deberemos abonar los intereses de demora.